Juzgan a dos ex directivos de San Marcos por la muerte de un vigilante en una explosión | PROSEGUR | Vigilante fallecido

La Fiscalía pide cuatro años de prisión para el ex gerente y un jefe de planta. Se les acusa de un delito contra el derecho de los trabajadores y homicidio imprudente
 
25.09.08 -

DV. La Fiscalía de la Audiencia de Gipuzkoa solicita una condena de cuatro años de prisión para el ex gerente y un jefe de planta del vertedero de la mancomunidad de San Marcos por la muerte en 1998 de un vigilante de dicha instalación como consecuencia de una explosión de metano. El ministerio público considera que los responsables del complejo de almacenamiento de residuos no adoptaron las medidas oportunas para evitar riesgos en el lugar del siniestro. La acusación pública imputa a los acusados un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con un homicidio imprudente.
La acusación se dirige contra Iñaki C. A., ex director gerente de la Mancomunidad de San Marcos en la época en la que tuvieron lugar los hechos, y José Javier Z. I., jefe de planta y encargado del vertedero en las mismas fechas.
Los hechos ocurrieron el 8 de noviembre de 1998, cuando el guarda de seguridad José Miguel Cobos Bravo perdió la vida tras una explosión de gas metano procedente de las emanaciones que la propia basura genera. La víctima se hallaba en el interior de una caseta situada junto a la báscula de pesaje con la puerta y las ventanas cerradas. Sobre las once de la noche, el guarda se dispuso a encender un cigarro. Para ello cogió un mechero, los accionó y la fuente de calor, en contacto con el gas, produjo una explosión. La Fiscalía sostiene que el metano penetró a la cabina de guarda a través de un conducto hueco que comunicaba la báscula con una tarima situada bajo la mesa del trabajador.
Puerta sellada
La acusación asegura que tras la explosión, el trabajador intentó salir del cuarto, aunque le resultó imposible toda vez que, debido a las altas temperaturas, las juntas de caucho de la puerta se fundieron, con lo que la entrada quedó sellada. La salida del lugar a través de las ventanas tampoco fue posible, ya que todas ellas estaban protegidas con barrotes. Quince minutos después, empleados de Fomento de Construcciones y Contratas derribaron la puerta y auxiliaron al herido.
El vigilante sufrió múltiples quemaduras de segundo y tercer grado en piernas, manos y cara que afectaron al 22% de su superficie corporal. La víctima fue evacuada a la Unidad de Grandes Quemados del Hospital de Cruces, donde falleció al cabo de diez días.
La Fiscalía sostiene que los acusados, pese a que sabían que en el vertedero se producían emanaciones de metano capaces de generar situaciones de riesgo, no adoptaron las medidas oportunas para evitarlas. Recuerda en este sentido que la instalación eléctrica de las dependencias de los trabajadores carecían de protección específica para atmósferas con riesgo de explosión. Añade que el puesto del control de la báscula no disponía de una evaluación de riesgos laborales en la que se contemplara la explosión.
La acusación pública mantiene que ni en las instalaciones del edificio ni en sus inmediaciones había indicaciones relativas al riesgo de explosión, prohibición de fumar o de encender llamas. Subraya asimismo que no se habían impartido instrucciones entre los trabajadores.
La Fiscalía precisa en su escrito de calificación que las dependencias cerradas del vertedero que eran ocupadas por los trabajadores no disponían tampoco de detectores de gases u otros medios de protección que alertaran del riesgo de asfixia y explosión. Indica igualmente que carecían de dispositivos que asegurasen su ventilación permanente y que tampoco se realizaban mediciones periódicas de explosividad tendentes a controlar el biogás procedente del vertedero.
La Fiscalía indica que «estas graves deficiencias», constituyen una infracción de la normativa laboral que puso en grave peligro a los trabajadores. Recuerda que si los inculpados hubiesen adoptado las medidas de seguridad «se habría evitado» la muerte del vigilante.
Por este mismo suceso, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales impuso en 1999 una sanción de cinco millones de pesetas a pagar de forma solidaria por la empresa Fomento de Construcciones y Contratas y la Mancomunidad de San Marcos, al considerar que se cometió una infracción «muy grave» por no haber aplicado las debidas medidas preventivas. La inspección sostuvo que aquella falta de medidas generó un «riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores»

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