SAVICO|Coviar| Escoltas| Subrrogación|Sentencia T.S.J. País Vasco de 28 de junio de 2011
RESUMEN: Sucesión y subrogación empresarial: Empresas de seguridad. Convenio colectivo. Servicios de protección. Sucesión de contratas. La empresa entrante asume los trabajadores de la saliente en cumplimiento del convenio colectivo, y ello significa la sucesión en la actividad contratada; por ello, el incumplimiento por parte de la empresa saliente del deber de información no puede perjudicar al trabajador. La empresa saliente incumplidora no puede exigir la subrogación de la entrante, pero el trabajador sí la puede exigir. (ILJ 1332/2011) N.I.G. 01.02.4-10/003439 SENTENCIA N.º: SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO En la Villa de Bilbao, a 28 de junio de 2011. a Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as.D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y D.ª ELENA LUMBRERAS LACARRA, ...